ORDEN DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

 

¿EN QUÉ CONSISTE UNA ORDEN DE PROTECCIÓN?

La orden de protección es la primera medida que se articula para poder proteger a la mujer víctima de violencia de género. Se reguló en nuestro país por primera vez en la Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica.

Esta ley introdujo el art. 544 ter en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Según establece la ley Integral, L.O. 1/2004 de 28 de diciembre, en su artículo 62 “mediante la orden de protección se pretende garantizar la seguridad de la víctima y la de sus hijos/as, todo ello a través de las siguientes medidas:

-          Civiles.

-          Penales.

-          Sociales.

-          Administrativas

Se presentará:

-          Directamente ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal.

-          Ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

-          Ante las oficinas de Atención a las víctimas o los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas

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